En caso de haber tenido consumos en moneda extranjera, se puede pedir el reintegro del 35% si se cumplen ciertos requisitos ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Las personas que compraron dólar ahorro, solidario o tuvieron consumos en dólares en sus tarjetas durante 2023 pueden reclamar a AFIP que le devuelvan las percepciones del 35% por los adelantos de impuestos aplicados sobre esas operaciones.
Quiénes pueden reclamar la devolución de las percepciones en AFIP
- Personas que no están registradas en el Impuesto a las Ganancias y no están obligadas a inscribirse.
- Aquellas inscriptas en el Impuesto a las Ganancias, pero no en Bienes Personales, sólo por percepciones bajo el código 219.
- Individuos no inscriptos en el impuesto sobre Bienes Personales y sin la obligación de inscribirse.
- Personas inscriptas en el impuesto sobre Bienes Personales, pero no en Ganancias, específicamente por percepciones bajo el código 217.
- Empleados en relación de dependencia que no están sujetos a retenciones de Ganancias por parte de su empleador como agente de retención.
- Empleados en relación de dependencia que podrían estar sujetos a retenciones de Impuesto a las Ganancias por parte de su empleador y les hayan aplicado la percepción bajo el código 219.
Cómo solicitar la devolución de las percepciones en AFIP
Requisitos para la solicitud:
- Tener CUIT.
- Contar con Clave Fiscal, nivel 2 o superior.
- Informar a la AFIP la Clave Bancaria Uniforme (CBU) donde se depositarán los fondos.
- Mantener actualizado el Domicilio Fiscal Electrónico.
Procedimiento para la solicitud:
- Para aquellos no afectados por Ganancias ni Bienes Personales, como monotributistas y otros contribuyentes, utilizar el servicio “Devolución de Percepciones AFIP”.
- Indicar la CBU para el reembolso.
- Realizar la solicitud mes a mes, ya que se aplica por cada periodo de percepciones.
- La AFIP llevará a cabo controles y verificaciones antes de aprobar o rechazar la solicitud.
Consulta de percepciones del 35% o más:
- Utilizar el servicio “Mis Retenciones” en la plataforma de la AFIP.
- Acceder con CUIT/CUIL y clave fiscal.
- Buscar el código del impuesto (217 o 219).
- Realizar una búsqueda por fechas para obtener un desglose detallado de las percepciones realizadas.
Consideraciones importantes:
- El plazo para completar el trámite de devolución es de 60 días hábiles administrativos.
- La devolución de percepciones no incluye el 30% correspondiente al Impuesto PAÍS, que no es reintegrable.
- En caso de que sea rechazado, se dispone la opción de presentar un recurso de apelación ante el Director General de la Dirección General Impositiva.