La Agencia Tributaria Misiones ( ATM ) hizo saber de este beneficio para todos los jubilados y pensionados de la provincia de Misiones, ingresando su solicitud y completando el formulario de exención
Estos son los links para acceder al beneficio:
Requisitos: https://acortar.link/ilKDbX
Nota: https://acortar.link/rBtCCF
La ATM potencia acciones para asistir y agilizar tus trámites de los contribuyentes misioneros.
Metodología completa a seguir, todos los pasos:
Nota dirigida al Director General de Rentas, C.P. Rodrigo Maximiliano VIVAR, solicitando la exención de Pago del Impuesto Inmobiliario y por la misma DECLARAR BAJO JURAMENTO DE LEY que es el único inmueble de su propiedad en la Provincia y que los haberes de Jubilado/Pensionado son los únicos que percibe.
- Fotocopia AUTENTICADA (por la Policía, Juez de Paz o Escribano Público) del carnet de Jubilado/pensionado.
- Fotocopia AUTENTICADA (por la Policía, Juez de Paz o Escribano Público) del último recibo detallado de haberes de jubilado/pensionado.
- Certificado expedido por la Dirección General de Catastro de la Provincia (sito en Gral. Paz N°1865) donde conste los datos del dominio, Número de Partida Inmobiliaria y demás datos catastrales.
- Constancia expedida por el Registro de la Propiedad Inmueble (sito en calle Bolívar esquina General Paz de Posadas) certificando que es la UNICA PROPIEDAD inscripta a nombre del solicitante y su cónyuge.
- Constancia expedida por el Registro de la Propiedad Inmueble (sito en calle Bolívar esquina General Paz de Posadas) que la propiedad está afectada como “BIEN DE FAMILIA”
- Certificado de CONVIVENCIA expedido por la Policía. (en el caso que VIVA SOLO/SOLA igual debe presentar documentación que certifique esta situación)
- En caso de Adjudicación de inmueble otorgado por el Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (IPRODHA) o por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), deberán presentar informe emanado del Organismo respectivo sobre la fecha de terminación de obra, de adjudicación y de toma de posesión del inmueble. En caso de IPRODHA presentar la Solicitud de Exención expedida por ese Organismo, en que debe estar detallado el número de Partida Inmobiliaria.
- La remuneración bruta, deduciendo los descuentos obligatorios por Ley no debe exceder el monto de PESOS: OCHENTA MIL PESOS ($80.000,00).
- El inmueble por el que se solicita la exención no debe estar en condominio, tampoco donado con usufructo a los hijos o alguna otra persona.
- Constancia de CUIL/T.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad del jubilado/pensionado.
- Boleta de servicio a que se acredite el Domicilio Fiscal.
- Partida Inmobiliaria SIN DEUDA o con PLAN DE FACILIDADES DE PAGOS AL DIA, por
los periodos anteriores a la solicitud de exención.
Nota: El Código Fiscal en la parte pertinente establece: “Los que omitieren, ocultaren, los datos exigidos
para hacerse acreedores a los beneficios que otorga ésta Ley, serán pasibles de las sanciones previstas en el
Título Octavo del Libro Primero del Código Fiscal”.-