Un hombre que se desempeñaba como docente único de una escuela rural de Corrientes fue condenado a 12 años de prisión por abusar sexualmente de alumnas menores de edad, una de ellas su sobrina política. El fallo llegó 23 años después de ocurrido el hecho y fue la segunda sentencia que el maestro recibió por ataques sexuales a alumnos.
Una reunión familiar para recibir Navidad en 2020 en Curuzú Cuatiá, Corrientes, volvió a cruzar al abusador con la víctima. Cuando el hombre intervino en una discusión que la joven tenía con su tía, la respuesta de ella fue tajante: «Callate o se te pudre todo, cuento la verdad«.
Los festejos navideños finalizaron con el docente retirándose de la casa mientras exhibía en su cintura un arma de fuego.
En agosto de 2023, finalmente la joven realizó la denuncia que el 25 de junio pasado terminó con su tío sentenciado a 12 años de prisión efectiva, pena que le impusieron los integrantes del Tribunal de Juicio de Mercedes, Jorge Alberto Troncoso, Juan Manuel Ignacio Muschietti y Ramón Alberto Ríos.
“Tardé en contar porque me llevó tiempo procesarlo, darme cuenta qué me pasó, aceptarlo. En el campo de sexualidad no se hablaba, ni en la escuela y ni en la casa y, por la relación tan estrecha de mi papá con él y su hermana pensaba que no me iban a creer si contaba. Me daba miedo contar y que no me crean”, declaró la víctima durante el juicio.
El primero de los ataques sexuales ocurrió cuando la víctima tenía apenas 4 años y concurría a la Escuela 574, en el paraje Pairirí, 82 kilómetros al sur de Curuzú Cuatiá, muy cerca del límite con Entre Ríos. Los abusos siguieron en 2003, dentro de la camioneta del docente.
Los magistrados consideraron probado el abuso sexual con acceso carnal cometido en el primer semestre de 2002, en el interior de la escuela del paraje Pairirí. En ese momento, la víctima tenía 4 años, y concurría al jardín de infantes donde también daba clases el docente, quien, a su vez, es su tío político.
Según el expediente, el maestro mandó a los chicos a un kiosco que hay en cercanías de la escuela y a su sobrina la llevó hasta un dormitorio donde pernoctaba a lo largo de la semana. La excusa fue darle caramelos. El hombre llegó a abusarla, pero el ataque se vio interrumpido por el retorno de los demás estudiantes.
La segunda imputación fue por otros cinco o seis hechos que ocurrieron entre marzo y mayo de 2003, cuando el docente llevaba a la nena hasta Curuzú Cuatiá para que se reencontraran, ya que la mujer tuvo que mudarse a la ciudad por un embarazo de riesgo.
En el camino, dentro de su camioneta, el hombre obligaba a la pequeña a tocarlo en sus partes íntimas e incluso hacerle sexo oral.
Los jueces rechazaron el pedido de prescripción planteado por el defensor Alejandro Exequiel Gómez al considerar que se interrumpió por la comisión de un nuevo delito en 2014, con el mismo modus operandi, pero en otra escuela, la 572.La escuela rural 574, en el paraje Pairirí, 82 kilómetros al sur de Curuzú Cuatiá, Corrientes.
Por ese hecho, en 2018, el maestro fue condenado a tres años de prisión en suspenso. Un año antes, en 2017, fue cesanteado de su cargo.
Al analizar el caso, los jueces declararon la prescripción de la acción penal del primer hecho (el abuso en el dormitorio del docente) ya que la denuncia se realizó el 2 de agosto de 2023, cuando ya había transcurrido el plazo máximo de 12 años establecido por el Código Penal vigente en ese momento, antes de la sanción de las leyes que ampliaron los plazos (Ley Piazza y Ley de respeto al tiempo de las víctimas).
Sin embargo, en garantía del derecho a la verdad, el Tribunal dio por acreditado el abuso reconociendo el daño sufrido por la víctima y otorgando una forma de reparación moral y pública, aunque sin sanción penal.
A su vez, en el fallo se descartó que el carácter de funcionario público del docente pudiera suspender el plazo de prescripción, argumentando que su rol no tuvo entidad para obstaculizar la investigación.
Durante el juicio, la acusación pública estuvo a cargo del fiscal Oscar Cañete, mientras que la querella particular estuvo representada por el abogado Nicolás Emmanuel Leiva.
El juicio
Durante el debate, el docente fue juzgado por tres hechos: un abuso sexual agravado por acceso carnal y por su rol como encargado de la educación; un abuso sexual gravemente ultrajante en la modalidad de delito continuado, también agravado; y tenencia ilegítima de arma de fuego de uso civil. Sólo fue condenado por los dos últimos.
En la etapa de alegatos, la fiscalía pidió 18 años de cárcel para el acusado y la querella 15, mientras que la defensa requirió la pena mínima.
Para los jueces, «ninguna duda cabe que el accionar del docente fue voluntario e intencional, por lo que permite tener la certeza requerida en esta instancia procesal para atribuirle al mismo el carácter de autor de los hechos atribuidos, quien, en referencia a los ataques sexuales, siempre tuvo el control de la situación en atención al prevalimiento ejercido por su condición de docente y tío político de la víctima, circunstancias que impidieron que la entonces niña pudiera detener el curso de la acción».
Por su parte, el ahora condenado, que está casado y cuenta con estudios terciarios completos, continuará con prisión preventiva en una unidad penal.