El reciente Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023, impulsado por el presidente Javier Milei, ha eliminado el artículo 160 de la Ley 27.114 que establecía el Régimen de Envasado en Origen de la Yerba Mate. Esta derogación permite ahora el envasado de la yerba en cualquier lugar del país, sin la restricción de hacerlo exclusivamente en la región productora.
Anteriormente, esta ley tenía como objetivo fomentar la instalación de plantas de envasado en las regiones productoras, promoviendo así la denominación de origen. Sin embargo, con esta medida, se busca modernizar el Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) para centrarse más en verificaciones de calidad, siguiendo el modelo exitoso de la industria vinícola y permitiendo una mayor competencia en el mercado.
Una de las implicaciones directas de esta derogación es la liberación del control del precio de la hoja de yerba mate, el cual anteriormente era regulado por el INYM debido a desacuerdos entre industriales y productores. Ahora, se plantea que el valor sea fruto de negociaciones libres entre ambas partes, lo que podría generar controversia en las regiones productoras de Misiones y Corrientes, que han estado históricamente reguladas en sus condiciones de producción.