UDPM atendiendo siempre las necesidades y demandas de quiénes para este sindicato son un eslabón importantísimo y presentando siempre la discusión y el análisis en el ámbito que corresponde, con satisfacción este 30 de octubre a través del Decreto N° 1953 del Boletín Oficial 16458 se cumple con el pedido histórico de los administrativos en el ámbito educativo, para acceder al beneficio de la jubilación e implementar gradualmente lo establecido en el artículo 38 de la ley XIX N° 2 (Antes Decreto -Ley 568/71) con el fin de preservar el equilibrio del IPS de la Provincia respecto de aquellos agentes que desempeñen funciones de bedeles, preceptores, secretarios, pro secretarios y bibliotecarios, quienes para acceder al beneficio previsional en la norma citada deberán acreditar el cumplimiento efectivo de 30 años de servicios con aportes, siendo requisito además que las mujeres hayan cumplido 54 años de edad y los hombres 57 años.
DECRETO N° 1953 RÉGIMEN JUBILATORIO PARA BEDELES, PRECEPTORES, SECRETARIOS PRO
SECRETARIOS Y BIBLIOTECARIOS



Un reconocimiento y acto de justicia que la UDPM siempre mantuvo en discusión, tal cuál lo manifestara nuestro secretario general en la última reunión realizada el pasado mes de agosto.
Una vez más, con diálogo y consenso, defendiendo los intereses del colectivo docente.
 
                                 
			







 
							 
							 
							 
							 
							 
							