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Sobre la situación de los ex efectivos que exigen su reincorporación a la Policía

Sobre la situación de los ex efectivos que exigen su reincorporación a la Policía

La situación de las personas que actualmente exigen públicamente su reincorporación a la Policía de Misiones ya fue oportunamente analizada, resuelta dentro del marco legal vigente y debidamente notificada a los involucrados, a través de las instancias institucionales, administrativas y judiciales correspondientes, conforme al régimen específico que regula el funcionamiento de la fuerza.

Las decisiones administrativas adoptadas no responden a hechos aislados ni de escasa entidad, como tampoco a circunstancias coyunturales, sino que fueron consecuencia de una evaluación integral de actos llevados a cabo por un grupo de personas que, perteneciendo a la fuerza policial provincial, pusieron en riesgo la estabilidad institucional, el normal funcionamiento del sistema de seguridad y la confianza pública depositada en la institución. Tales conductas resultaron incompatibles con las condiciones que deben reunir quienes integran una fuerza policial, tanto en términos de aptitud funcional como en el cumplimiento de estándares legales, administrativos e institucionales acordes con la responsabilidad que implica investir el estado policial.

En ese marco, el Poder Ejecutivo Provincial, en ejercicio de sus facultades constitucionales y administrativas, adoptó las decisiones correspondientes respecto de dichas desvinculaciones, las cuales fueron formalmente notificadas a los involucrados. Asimismo, se encontraban plenamente habilitadas las instancias administrativas y judiciales previstas por el ordenamiento legal para que los interesados efectuaran los planteos que consideraran pertinentes, teniendo a su disposición las herramientas legales necesarias para ejercer su defensa.

Debe entenderse que la Policía de Misiones, por la naturaleza de su función, se encuentra sujeta a un régimen institucional específico dentro de la estructura del Estado provincial, con exigencias particulares vinculadas al ejercicio de la función pública de seguridad, las cuales, en el caso de los peticionantes, fueron deliberadamente inobservadas e infringidas.

A ello se suma que, pese a las manifestaciones públicas actualmente impulsadas, las presentaciones y peticiones formuladas por este grupo ya fueron oportunamente atendidas y respondidas formalmente por el Estado provincial, mediante los canales institucionales correspondientes y por escrito, de manera clara, fundada y dentro de los plazos administrativos previstos. En consecuencia, las demandas que hoy se reiteran carecen de novedad, sustento jurídico, así como de oportunidad, en tanto los planteos ya han recibido tratamiento y contestación dentro del marco legal e institucional vigente.

Por ello, el ingreso, permanencia o eventual reincorporación a la fuerza no depende de manifestaciones públicas ni de mecanismos de presión, sino del cumplimiento de los procedimientos establecidos por el Estado y de decisiones adoptadas por las autoridades competentes en resguardo del interés institucional, del orden público y de la confianza ciudadana que exige la función policial.

Si alguna de las personas involucradas considera que subsisten controversias respecto de esas decisiones, el Estado de Derecho prevé vías legales específicas para su revisión. Sin embargo, una manifestación pública no sustituye esos procedimientos ni modifica decisiones institucionales ya adoptadas conforme al marco legal vigente.

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