El Gobierno de Javier Milei promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil, que baja la edad de imputabilidad a 14 años. Con la entrada en vigencia quedará derogada la Ley 22.278, que regulaba la responsabilidad penal juvenil desde 1980.
El Gobierno nacional promulgó el nuevo Régimen Penal Juvenil mediante el Decreto 138/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial de la República Argentina. De esta manera quedó formalizada la Ley 27.801, sancionada por el Congreso de la Nación Argentina el pasado 27 de febrero.
La normativa establece un nuevo sistema de responsabilidad penal para adolescentes desde los 14 años, fija un máximo de 15 años de prisión y deroga el régimen vigente desde 1980. El nuevo marco legal entrará en vigencia dentro de 180 días, plazo previsto para la adecuación del sistema judicial y de los organismos encargados de su implementación.
Uno de los puntos centrales de la ley es que establece la responsabilidad penal para adolescentes a partir de los 14 años, siempre que sean imputados por delitos contemplados en el Código Penal de la Nación Argentina o en leyes penales especiales.
El sistema se aplicará hasta las cero horas del día en que la persona cumpla 18 años, momento en que pasará a regir el régimen penal para adultos. Además, la norma determina que si no se puede acreditar fehacientemente la edad del imputado, se presumirá la minoría de edad, priorizando el principio de protección del menor.
El nuevo régimen establece que las sanciones deben orientarse principalmente a la educación, la resocialización y la reinserción social del adolescente, con el objetivo de reducir el riesgo de reincidencia. Entre las medidas que podrán aplicarse se incluyen programas educativos y de formación laboral, tratamientos médicos o psicológicos, participación en actividades deportivas o culturales, supervisión por equipos interdisciplinarios, servicios a la comunidad y reparación del daño a la víctima. También se prevé el monitoreo electrónico mediante dispositivos de rastreo para garantizar el cumplimiento de determinadas sanciones.
La normativa contempla además la posibilidad de aplicar penas privativas de la libertad, que podrán cumplirse en el domicilio del adolescente, en institutos abiertos o en institutos especializados de detención. Sin embargo, establece límites claros: queda prohibida la prisión perpetua para menores de edad y el máximo de pena será de 15 años, incluso cuando la escala penal del delito sea mayor. Asimismo, la ley indica que el encierro deberá ser siempre una medida excepcional y debidamente fundamentada por un juez.
Con la entrada en vigencia del nuevo régimen quedará derogada la Ley 22.278, que regulaba la responsabilidad penal juvenil desde 1980. La norma también invita a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adecuar sus legislaciones a los principios establecidos y prevé una asignación presupuestaria superior a los 23.700 millones de pesos para su implementación inicial, fondos que estarán destinados principalmente al Ministerio de Justicia de la Nación Argentina y a la Defensoría General de la Nación.








