Para mantener la ciudad limpia, ordenada y segura, el municipio avanza en el retiro de carteles deteriorados o en desuso en la vía pública, cumpliendo con las normativas vigentes.
-Ordenanza XVIII – Nº 8 (Código de Edificación)
Regula la colocación de carteles y letreros, estableciendo requisitos de seguridad, estabilidad y ubicación adecuada para evitar riesgos y contaminación visual.
-Ordenanza XVIII – Nº 137
Dispone la eliminación de cartelería en desuso para reducir riesgos y mejorar la estética urbana.
-Ordenanza Tributaria Nº 2964/2011
Establece el empadronamiento de publicidad y propaganda.
Procedimiento:
Verificación: Inspectores evalúan si el cartel representa un riesgo o incumple normativas.
Notificación: Se informa al responsable para su retiro voluntario en un plazo determinado.
Retiro: Si no se retira en tiempo y forma, el municipio procede a su remoción con el área correspondiente.
Disposición: El cartel queda resguardado hasta resolución del juzgado.
Registro y Sanción: Se documenta el proceso y se aplica la infracción correspondiente.
El objetivo del retiro de un cartel o letrero luminoso en la vía pública es garantizar el cumplimiento de las normativas vigentes sobre ocupación del espacio público, evitando riesgos por estructuras inestables o mal instaladas, eliminando obstrucciones en la visibilidad, regulando el uso del espacio público para mantener la estética y funcionalidad urbana. Manteniendo una imagen urbana ordenada y armoniosa evitando distracciones que puedan causar accidentes de tránsito. preservando la identidad visual y arquitectónica de la ciudad, controlando el exceso de elementos en desuso en la vía pública.