El proyecto ya cuenta con dictamen favorable de comisión. Será tratado en la próxima sesión del Concejo Deliberante. Apunta a mejorar el servicio y evitar irregularidades en la facturación.
El Honorable Concejo Deliberante de Posadas tratará en su próxima sesión un proyecto de ordenanza que obliga a la empresa prestataria de agua potable a instalar bloqueadores de aire en todas las conexiones domiciliarias. Se da tras obtener dictamen favorable en comisión el 21 de abril. Tiene como objetivo mejorar la calidad del servicio, garantizar mediciones exactas y proteger a los usuarios de cobros indebidos.
El proyecto, impulsado por el concejal Jair Dib del bloque Encuentro Misionero, fue analizado en conjunto con otra iniciativa vinculada a la calidad y continuidad del servicio. Recibió el aval de las comisiones de Obras Públicas y Urbanismo, y de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
La iniciativa establece un marco integral de regulación sobre la prestación del servicio de agua potable en la ciudad, con foco en tres ejes centrales: continuidad del suministro, precisión en la medición del consumo y fortalecimiento de los derechos de los usuarios.
Uno de los puntos más relevantes es la obligatoriedad de incorporar dispositivos bloqueadores de aire Air Lock en todas las conexiones domiciliarias. Esto abarca tanto existentes como futuras. Este sistema permite evitar que el aire presente en las cañerías sea contabilizado como consumo real, una de las principales quejas de los usuarios.
En ese sentido, la ordenanza fija que la empresa deberá garantizar la “exactitud en la medición del consumo”, implementando medidas técnicas para eliminar la presencia de aire en la red. Además, introduce una presunción legal: si se detectan variaciones de consumo fuera de los parámetros habituales, se considerará que hay aire en el sistema, salvo que la empresa demuestre lo contrario con informes técnicos.
Este punto implica un cambio clave en la carga de la prueba. A partir de la normativa, será la prestataria la que deberá acreditar la confiabilidad del sistema de medición, y no el usuario quien deba demostrar el error en la facturación.
Otro aspecto central es que todos los costos de instalación, mantenimiento y reposición de estos dispositivos deberán ser asumidos por la empresa. Es así que queda expresamente prohibido trasladarlos a los usuarios bajo cualquier concepto.
El proyecto también avanza sobre la calidad del servicio. Establece la obligación de garantizar la continuidad, regularidad y adecuada prestación del suministro, evitando interrupciones prolongadas o reiteradas.
En caso de incumplimiento, la empresa podrá ser sancionada con multas que se gradúan según la gravedad de la falta y la cantidad de usuarios afectados.
Además, se incorpora la exigencia de un plan de contingencia obligatorio. Este deberá contemplar medidas preventivas, sistemas alternativos de provisión, protocolos ante emergencias, priorización de zonas críticas y refuerzo en la atención al usuario.
El texto también obliga a prever situaciones como olas de calor, cortes de energía o fallas técnicas. Incluye la necesidad de contar con sistemas de respaldo energético para garantizar el funcionamiento del servicio.
Más derechos para los usuarios
La ordenanza refuerza también los derechos de los usuarios. Entre otros puntos, establece que:
No podrá interrumpirse el servicio por falta de pago mientras haya un reclamo en trámite.
La empresa deberá garantizar canales de atención accesibles, eficientes y gratuitos.
Se deberán registrar y dar seguimiento a los reclamos, con respuestas en plazos razonables.
Será obligatorio informar de manera clara y anticipada sobre cortes programados o fallas.
A su vez, se exige el uso de medios digitales, redes sociales y canales territoriales como centros de atención vecinal para mantener informada a la población.
Régimen de sanciones y fondo especial
El proyecto incorpora un régimen de penalidades específico para este tipo de servicios. Las multas pueden ir desde 500 hasta 30.000 unidades fijas, dependiendo de la infracción.
Entre las faltas contempladas se incluyen:
No instalar bloqueadores de aire.
Instalar dispositivos defectuosos o no homologados.
Falta de mantenimiento.
Facturación incorrecta por medición defectuosa.
Interrupciones prolongadas del servicio.
En casos graves, como cortes superiores a 24 horas, las sanciones pueden agravarse significativamente y obligar a la empresa a garantizar abastecimiento alternativo.
Además, se crea un Fondo Especial para la Ampliación y Mejora de la Red de Agua Potable. El mismo se financiará con lo recaudado por multas. Este fondo estará destinado a obras, reparaciones y mejoras en zonas críticas.
Control y aplicación
La autoridad de aplicación será la Secretaría de Obras Públicas del municipio, que tendrá facultades de control, fiscalización y coordinación con el Ente Provincial Regulador de Agua y Cloacas (EPRAC). También deberá recibir los planes de contingencia y supervisar su cumplimiento.
Con dictamen favorable y amplio alcance, la iniciativa se encamina a su tratamiento en el recinto. De aprobarse, implicaría un cambio estructural en la prestación del servicio de agua en Posadas, con mayores controles sobre la empresa y un fortalecimiento concreto de los derechos de los usuarios.








