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Dejaron sin efecto el uso de armas de fuego y Taser

Dejaron sin efecto el uso de armas de fuego y Taser

La ministra de seguridad Sabina Frederic derogó las medidas que había dispuesto su antecesora Patricia Bullrich, entre ellas el uso de armas de fuego, Taser y el control de DNI en trenes.

El protocolo para el uso de armas por parte de las fuerzas federales dispuesto por la ex ministra Patricia Bullrich, fue derogado por Frederic, además dio de baja el reglamento para el uso de pistolas eléctricas Taser, el pedido de DNI en estaciones de trenes y el Servicio Cívico Voluntario, por medio de la Resolución 1231/2019 publicada en el Boletín Oficial.

Uno de los argumentos para dar de baja el “Reglamento General para el Empleo de las Armas de Fuego por parte de los Miembros de las Fuerzas Federales de Seguridad» es que «excede los criterios impuestos (por la ONU) y se aleja del límite claro al uso de la fuerza letal por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad». Indica además que «en la base conceptual de este reglamento subyace una inadmisible desconsideración del estándar de la legítima defensa».

El texto advierte que «la ausencia de criterios de proporcionalidad y racionalidad en el uso de armas por parte de los funcionarios policiales, convierte en extremo cualquier enfrentamiento y estimula, por ende, el uso de armas por parte del personal de las fuerzas policiales y de seguridad y por parte de quienes pretendan delinquir».

Además, afirma que en consecuencia «este aumento de la violencia genera una situación de mayor peligro para el personal policial, para quienes delincan y para terceras personas que se encuentren en las inmediaciones en las que suceda el hecho».

Uso de las Taser

La resolución además deroga el «Reglamento General para el Empleo de Armas Electrónicas No Letales», en relación al protocolo para el uso de las pistolas electrónicas Taser. Asimismo, advierte que «la ausencia de regulación sobre cómo debe utilizarse este armamento ocasiona una situación de peligro exponencial -pudiendo transformar su uso en letal-, toda vez que no se delimita claramente la distancia a la que debe ser utilizada el arma, los lugares del cuerpo donde pueden realizarse las descargas, cuánto deben durar las mismas, si pueden reiterarse, la población sobre la cual su uso debe estar totalmente prohibido, cómo proceder ante una posible descompensación, qué controles médicos deben realizarse con posterioridad a fin de no padecer problemas en la salud, entre muchas otras circunstancias».

Control de DNI en trenes


La resolución también da de baja la medida de pedido de documentos para escaneo y la realización de reconocimientos faciales en distintas estaciones de trenes del país para prevenir delitos, plan conocido como «Programa Ofensores en Trenes». El texto indica que este protocolo «criminaliza a los trabajadores mediante un exceso de controles innecesarios e injustificados».

Considera además que «contradice los estándares de seguridad democrática y, también, los estándares internacionales de Derechos Humanos, que impiden la detención de personas cuando no haya sospechas fundadas de la comisión de un delito». «Así, cuando no hay sospecha suficiente de que alguien cometió un delito, detener para identificar es inconstitucional, tal como lo afirmó la Corte Interamericana de Derechos Humanos», recuerda la resolución.

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