El organismo recaudador introdujo reglas para que empresas y contribuyentes puedan recalcular montos pagados por adelantado, actualizó los valores mínimos y aplicó mecanismos especiales para elevar la transparencia
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso cambios en el régimen de anticipos del impuesto a las ganancias mediante la Resolución General 5778/2025. La medida actualiza los umbrales mínimos y establece un mecanismo de ajuste automático por inflación. Según el comunicado oficial, “las modificaciones buscan adecuar el régimen a los distintos perfiles de contribuyentes y promover mayor equidad en la determinación de la carga tributaria anticipada”.
Desde el 28 de octubre, los contribuyentes deberán aplicar los nuevos parámetros para definir si corresponde iniciar el procedimiento especial de reducción de anticipos.
Los cambios en Ganancias para personas jurídicas
Las personas jurídicas comprendidas en el artículo 73° de la Ley del Impuesto a las Ganancias podrán solicitar la reducción desde el tercer anticipo cuando el monto total supere en más del 25% el impuesto estimado, o desde el primero, si la diferencia alcanza al menos el 40%. En el caso de personas humanas y sucesiones indivisas, la reducción se permitirá desde el tercer anticipo o desde el primero bajo la misma condición del 40%, sin variaciones respecto de la norma anterior.
La resolución incrementa los umbrales para aplicar el procedimiento especial: el mínimo será de $250.000.000 para quienes integren el Segmento 11 definido por el organismo, y de $200.000.000 para el resto de los contribuyentes. A partir de 2027, estos valores se ajustarán automáticamente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.
ARCA estableció nuevos controles sobre las solicitudes de reducción
El comunicado detalla que “las bases imponibles y los parámetros de control serán revisados en forma periódica para mantener la razonabilidad de los anticipos ingresados por los distintos sujetos alcanzados”. Las solicitudes que superen los umbrales definidos estarán sujetas a control especial, con un plazo de 60 días corridos para la respuesta del organismo. El procedimiento incorpora el mecanismo de “silencio positivo” previsto en la Ley Bases 27.742 y en la Ley de Procedimientos Administrativos 19.549.
Según Infobae, el esquema de anticipos determina la cantidad de pagos y los porcentajes aplicables según el tipo de contribuyente. Las personas humanas y sucesiones indivisas deben efectuar cinco anticipos y las personas jurídicas, nueve. En ambos casos, el cálculo se realiza sobre el impuesto declarado el período anterior, deduciendo retenciones y percepciones. Cada anticipo representa el 11,11% de la base para las empresas y el 20% para individuos y sucesiones. El monto mínimo que genera la obligación es de $2.500 para las empresas y de $5.000 para las personas físicas.








